El real decreto por el que se crea el registro, establece que las organizaciones inscritas en la sección de huella de carbono y compromisos de reducción y/o compensación podrán utilizar un sello. Este sello está registrado y es propiedad del actual Ministerio para la Transición Ecológica.

El sello nace con una doble finalidad. Por un lado, facilita a las organizaciones demostrar su participación en el registro y, por otro lado, permite reflejar el grado de esfuerzo acometido por las mismas en la lucha contra el cambio climático. En este sentido, se ha considerado oportuno distinguir entre aquellas organizaciones que calculan su huella de carbono y se encuentran en la senda de reducir sus emisiones, de aquéllas que ya reducen y/o compensan. El sello, por tanto, permite identificar, para un periodo definido (que será anual), tres niveles de participación: cálculo de la huella de carbono, su reducción y/o compensación.

A continuación se explica brevemente la relación entre las diferentes secciones del registro y las posibilidades que ofrece el sello.

El registro, consta de tres secciones:

  • Sección de huella de carbono y de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero
  • Sección de proyectos de absorción de CO2
  • Sección de compensación de huella de carbono